La Dirección General de Aguas publicó los últimos decretos de Escasez Hídrica firmados por el Ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno, los cuales se aplican en las comunas de Quilpué, Limache, Olmué y Villa Alemana de la Provincia de Marga-Marga y Pudahuel en la Provincia de Santiago, los cuales cumplen los requisitos técnicos que determinan la condición de sequía para un territorio determinado.
El Informe Técnico de Condiciones Hidrometeorológicas N° 33 del 15 de septiembre pasado, emitido por la División de Hidrología de la DGA-MOP indica que para la Provincia de Marga-Marga se dan las condiciones que permiten decretar Escasez Hídrica, ya que el Índice de Precipitaciones Estandarizados (IPE) que mide las lluvias, registró en la estación del Embalse Lliu-Lliu -2,36 lo cual es menor al límite definido (-0,84), a su vez, al medir el Índice de Caudales Estandarizados (ICE) con datos de la estación Río Aconcagua en Romeral se obtuvo -1,38, lo cual indica que en este sector la acumulación de agua también se encuentra más baja del límite (-0,84).
Por otra parte, el Informe Técnico N° 34 explica que, en la comuna de Pudahuel el IPE que se midió en la estación Terrazas (Oficinas Centrales DGA), llegó a -2,23 y el ICE, cuyos datos se registraron en la estación Río Mapocho en Los Almendros, tuvo un valor de -1,28.
Estas mediciones permiten a la DGA establecer decretos de escasez que se dictan con el objeto de proveer determinadas herramientas a usuarios del agua y a la población en general para reducir al mínimo los daños derivados de la sequía. Así como también, otorga atribuciones a la DGA para establecer criterios y delimitaciones para las autorizaciones de extracción de aguas.
Condiciones Hidrometereológicas para determinar la Sequía se encuentran definidas en la Resolución DGA 1674 del 12 de junio de 2012.
Conoce cuáles son estas condiciones definidas para las aguas superficiales:
1. En las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, la condición serán que los caudales medios mensuales de los últimos tres meses consecutivos, considerados individualmente, tengan un indicador de sequía (ICE) igual o menor a -0.84.
2. En las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana de Santiago, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, las condiciones serán que:
a. Las precipitaciones acumuladas a contar del mes de abril, de modo que en cualquier caso quede comprendido a lo menos el período abril-agosto, tengan un indicador de sequía (IPE) igual o menor a -0.84.
b. Los caudales medios mensuales acumulados de los últimos 3 meses consecutivos tengan un indicador de sequía (ICE) igual o menor a -0.84.
3. En las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Magallanes y de la Antártica Chilena, la condición será que las precipitaciones mensuales acumuladas de los últimos tres meses tengan un indicador de sequía (IPE) igual o menor a -0.84.}
4. Las condiciones de caudales o precipitaciones que se señalan para cada zona o región, para que se verifiquen las condiciones de sequía, pueden presentarse simultánea o separadamente.
5. En las cuencas en que se cuente con embalses de regulación interanual y el volumen almacenado sea inferior al 60% del promedio estadístico del mes, el indicador de sequía para caudales (ICE), para este caso, deberá ser igual o menor a -0.68.
Por otra parte, para las aguas subterráneas la condición de sequía será verificada si en cualquier momento, en un Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común (SHAC) del acuífero, la capacidad de la o las captaciones para abastecimiento de agua, cumplen las siguientes condiciones:
1. En el caso de empresas sanitarias, cuando sea menor al 50% de la capacidad informada a la Superintendencia de Servicios Sanitarios en el último proceso tarifario.
2. En el caso de sistemas de agua potable rural, cuando sea menor al 50% de los derechos de aprovechamiento de agua subterránea otorgados.
Resumen Decretos de Escasez Hídrica
1. Número de Comunas: 168 (49%).
2. Superficie: 184.174 (24%).
3. Población total: 7.882.642 personas (45%).
4. Población rural: 1.296.166 personas (7%).
En total se han establecido 185 decretos de Escasez Hídrica entre los años 2008 y 2021.
Puedes revisar la información de todos los Decretos Escasez Hídrica Vigentes aquí.
Fuente: Dirección General de Aguas
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