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¡Agilizar sin perder el control!

Nuevo proyecto busca facilitar el uso transitorio de derechos de agua mientras se tramitan solicitudes ante la DGA


Técnico en terreno revisando canal de riego junto a documentos con mensaje: “Solicitud en proceso: uso autorizado de aguas”.

Sabemos que muchos titulares de derechos de agua llevan meses —incluso años— esperando una resolución de la DGA para poder trasladar o ejercer sus derechos. Hoy, un nuevo proyecto de ley en tercer trámite constitucional podría traer una alternativa temporal: usar el agua mientras se resuelve la solicitud, siempre que exista respaldo técnico y comunitario.


¿Qué está cambiando?


El Boletín N° 17.322-03, actualmente en Comisión Mixta, propone varias modificaciones a leyes administrativas para dinamizar la economía. Entre ellas, introduce el nuevo artículo 163 bis del Código de Aguas, que permitiría:

La autorización transitoria del traslado de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales o cambios de punto de captación, mientras la solicitud esté en tramitación, siempre que no existan oposiciones y se cuente con un certificado de la Junta de Vigilancia o Comunidad de Aguas.

Esta solicitud deberá estar acompañada por:

  • Certificado de no perjuicio emitido por la Junta o Comunidad, vigente (no mayor a 30 días).

  • Informe técnico que respalde el caudal solicitado.

  • Publicaciones y radiodifusiones realizadas correctamente.


La DGA deberá emitir una resolución fundada en 90 días. Esta autorización transitoria se mantendrá vigente durante la tramitación definitiva, salvo que se compruebe perjuicio a terceros, afectación de disponibilidad, calidad del recurso o sustentabilidad del acuífero.


¿Esto ya está vigente?


No. Aunque ya fue aprobado por la Cámara y el Senado, el proyecto pasó a Comisión Mixta por diferencias en otros artículos que no afectan directamente al Código de Aguas.


El Ejecutivo le dio urgencia de discusión inmediata, y se espera que en aproximadamente 10 días sea despachado como ley, dado que incluye también medidas muy relevantes, como la disminución del impuesto a las PYMES de 25% a 12,5% para el año 2025.


¿A quién beneficia esta medida?


A usuarios que:

  • Tienen solicitudes de traslado pendientes.

  • Buscan regularizar puntos de captación.

  • Desean hacer uso productivo de sus derechos en espera de aprobación.


Y también representa un reconocimiento a la gestión local del agua, al dar peso legal a los certificados de Juntas de Vigilancia y Comunidades de Aguas Subterráneas.


Preguntas frecuentes


¿Necesito tener mi derecho inscrito en el CPA para hacer esto?

Sí. Aunque se flexibilizan plazos, el derecho debe estar constituido y vigente para que la DGA declare admisible la solicitud.


¿Este permiso es automático?

No. Debes presentar antecedentes, certificado de no perjuicio, y cumplir con el proceso formal. La DGA lo evaluará caso a caso.


¿Si ya tengo una solicitud en trámite, puedo beneficiarme?

Sí, si cumples con las condiciones. Te invitamos a revisar tu caso con nuestro equipo.


Nuestro compromiso contigo


En Agroin Chile te acompañamos en cada paso del proceso, desde la admisibilidad de tu solicitud hasta la preparación del informe técnico, la gestión con juntas de vigilancia, y la redacción de los documentos necesarios.


🌱 Porque creemos que proteger el agua es asegurar el futuro, y hacerlo con respaldo legal es parte de nuestra misión.


¿Tienes dudas sobre tu solicitud en trámite?


📞 Escríbenos o agenda una reunión informativa gratuita.🔗 Conoce más en www.agroinchile.cl


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