
Código de Aguas
¿Cuándo se puede perder un derecho de agua por no usarlo? La DGA fijó el plazo
El 2 de septiembre de 2026 la Dirección General de Aguas publicó la Circular N°9, que instruye cómo se cuenta el plazo de extinción por no uso. La respuesta corta: son cinco años corridos, no cinco apariciones en el listado de patentes, y para los derechos que ya existían ese plazo se cumple el 16 de enero de 2028.
3 de septiembre de 2026 · 9 min







