Gestión de patentes por no uso de derechos de agua
Si tu derecho aparece en el listado de patentes por no uso de la DGA, te ayudamos a entender por qué y a actuar a tiempo: pagar con menor recargo, presentar un recurso de reconsideración si tienes las obras de captación, o regularizar para salir del listado.
La patente por no uso es un cobro anual que se aplica cuando el derecho no cuenta con las obras de captación necesarias. Si se acumula impaga, desde junio la Tesorería puede remitir el derecho a remate. Y si permanece años en el listado, queda sujeto a un procedimiento para extinguirlo: puedes perderlo.
Con Agroin
Fuera del listado
Si tienes las obras de captación, se informa a la DGA por un recurso de reconsideración y el derecho sale del listado. Si no, se paga a tiempo con menor recargo o se regulariza. Actuar temprano evita el recargo, el remate y la extinción.
Cómo lo resolvemos
El proceso, en tres pasos.
01 / Revisamos
Tu caso en el listado
Confirmamos si el derecho aparece en el listado anual de la DGA y por qué, y qué plazos corren sobre tu situación.
02 / Definimos
El camino
Según tengas o no las obras de captación, definimos el camino: recurso de reconsideración para salir del listado, pago con menor recargo, o regularización.
03 / Gestionamos
La respuesta
Preparamos y presentamos la respuesta o el recurso ante la DGA, con los antecedentes ordenados, y hacemos el seguimiento.
Plazos y normativa
Los relojes que corren sobre este derecho.
Publicación del listado
15 ene
La DGA publica en el Diario Oficial los derechos afectos a la patente por no uso de ese año.
Inicio del año
Pago sin recargo
31 mar
Fecha límite para pagar la patente sin recargo. El monto va en UTM, proporcional al caudal no utilizado, y se duplica cada cinco años.
Multa · recurrente
Remate
1 jun
Si la patente sigue impaga, la Tesorería remite el derecho a los tribunales para su remate.
Riesgo de remate
Extinción
5–10 años
El reloj partió el 16 de enero de 2023, cuando se publicó el primer listado después de la reforma. Se cuentan 5 años corridos para los derechos de consumo y 10 para los que devuelven el agua al cauce — no cinco apariciones en la lista, sino cinco años completos. El plazo vence el 16 de enero de 2028, y recién entonces se abre un procedimiento: no se pierde solo, pero se puede perder.
Pérdida del derecho
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¿Qué es la patente por no uso de derechos de agua?
Es un cobro anual —no una multa— que se aplica cuando un derecho no cuenta con las obras necesarias para sacar el agua: un pozo, una bocatoma, un canal. Cada año la Dirección General de Aguas (DGA) publica la lista de los derechos afectos. No se trata de «no usar» en abstracto, sino de no tener las obras.
¿Aparecer en el listado significa que voy a perder el derecho?
No de inmediato. Aparecer en la lista significa que hay un cobro anual que pagar. Recién si el derecho permanece 5 o 10 años corridos desde la reforma queda sujeto a un procedimiento para extinguirlo — no se pierde solo, pero se puede perder. Conviene actuar apenas aparece, para evitar el recargo, el remate y, con el tiempo, ese procedimiento.
Tengo las obras de captación pero igual aparezco. ¿Qué hago?
Si cuentas con las obras de captación, se puede informar a la DGA mediante un recurso de reconsideración y solicitar que el derecho salga del listado de patentes por no uso. Revisamos tu caso y gestionamos ese recurso.
¿Cuándo son las primeras extinciones por no uso?
No es por cantidad de veces en la lista: son años corridos. Para los derechos que ya existían antes de la reforma, el conteo empezó el 16 de enero de 2023 y se cumple el 16 de enero de 2028 si el derecho es de consumo, o el 16 de enero de 2033 si devuelve el agua al cauce. El primer listado de derechos que pueden extinguirse se publica recién el 15 de enero de 2029, y desde ahí hay 30 días para oponerse, prorrogables por otros 30. Lo importante es antes: las obras tienen que existir al 16 de enero de 2028, no a la fecha del listado. Así lo instruyó la DGA en su Circular N° 9 del 2 de septiembre de 2026.
¿Vendes o regularizas?
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