Hace unos días la Dirección General de Aguas (DGA), informó respecto a una alianza que han realizado en conjunto con la Comisión Nacional de Riego (CNR), la cual posibilitó que el 28 de julio pasado se iniciara el proceso judicial para la conformación de la Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas (CASUB) del acuífero San Felipe en el valle del Aconcagua.
Es así como, desde hace un tiempo ambas instituciones vienen trabajando de forma conjunta en la conformación de distintas comunidades de aguas subterráneas, algunas donde ya están trabajando son: Putaendo, San Felipe, Catemu y Llay Llay en la provincia de San Felipe.
De este modo, la DGA informó que el pasado jueves se inició el proceso judicial de conformación de la comunidad de aguas subterráneas del sector hidrogeológico de aprovechamiento común (SHAC) San Felipe. A esta actividad (vía remota) se podían sumar todos los titulares de aguas subterráneas de dicho sector, personalmente o representado por otra persona legalmente.
Según la noticia, el director general de Aguas (s), Cristian Núñez, declaró que organizar una comunidad de aguas subterráneas “permite generar un ordenamiento y control interno, por medio de una entidad normada por la ley, con atribuciones y deberes, facultada para transparentar, ordenar, medir y controlar las captaciones existentes en el acuífero, velando por el adecuado ejercicio de los derechos de aprovechamiento en tiempo y oportunidad, es decir, caudal máximo de extracción y/o volumen de extracción. De esta manera es más fácil identificar extracciones ilegales con la ayuda de la comunidad de aguas organizada”.
Por otro lado la nota destacó que, una vez que hayan conformado una comunidad de aguas subterráneas con personalidad jurídica, los titulares pertenecientes a la comunidad, podrán acceder en conjunto a beneficios como la Ley de Riego (Ley 18.450), Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), Fondos de Protección del Ambiente (FPA), entre otros financiamientos estatales, con los cuales podrán adquirir capacitación técnica y tecnología que contribuyan a mejorar la gestión del recurso hídrico.
Asimismo, Núñez dijo que detrás de este proceso está la Comisión Nacional de Riego, a través de un equipo de la Universidad de Concepción, el cual ha ido recabando los antecedentes de los titulares de los sectores y acuíferos de Putaendo, San Felipe, Catemu y Llay Llay para avanzar en la construcción de los registros de comuneros, elaboración de estatutos y apoyo al seguimiento del proceso judicial para la conformación de la comunidad. En tanto, la DGA ha liderado la gestión judicial de conformación de Catemu y Llay Llay, tal como la faculta el Código de Aguas, solicitando al juez que cite a todos los interesados a los comparendos y además han gestionado reuniones con los y las titulares de derechos para llegar a acuerdos y hacer más expedita la instancia judicial.
Durante este año, Catemu y Llay Llay iniciaron el proceso de constitución como organizaciones con personalidad jurídica, también con comparendos telemáticos, y una vez ultimados, podrán registrarse en el Catastro Público de Aguas de la DGA, quedando constituidas oficialmente estas comunidades. Respecto a Putaendo, el proceso judicial para declarar la existencia de la comunidad comenzará el 2 de septiembre, según se explica en la nota.
Finalmente, en base a la información disponible en la Reforma al Código de Aguas, las etapas para llegar a conformar una organización de usuarios de aguas se constituyen en una fase previa de difusión y socialización de los beneficios de conformar una comunidad de aguas, reuniones para aclarar dudas y discutir la elaboración del registro de comuneros y estatutos. La segunda etapa es la constitución por vía judicial, cuando el juez dicta sentencia reconociendo la existencia de la comunidad con el listado de titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, las acciones que les corresponden a cada uno de los usuarios, los estatutos y la elección de un directorio provisorio.
Por último, en la fase final se dicta la sentencia judicial y los estatutos se reducen a escritura pública y se solicita la inscripción de la comunidad de aguas en el Registro Público de Organizaciones de Usuarios de la DGA.
Fuente: Dirección General de Aguas
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