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Nuevo trámite: “Recurso de Reconsideración de Patentes por No Uso” ya se encuentra disponible

La Dirección General de Aguas, publicó un listado con los principales trámites que se pueden realizar en su plataforma web, entre los cuales destaca la solicitud: “Recurso de Reconsideración de Patentes por no uso”, esta nueva gestión facilita a la ciudadanía la realización del trámite de forma virtual.

En base a la información que entrega la Oficina Virtual de la DGA, esta diligencia se realiza en el contexto del pago de una patente por la no utilización de las aguas, donde los artículos 129 bis 4, bis 5 y bis 6, del Código de Aguas, indican que, “Para los derechos de aprovechamiento de aguas consuntivos y no consuntivos, de ejercicios permanente y eventual, respecto de los cuales su titular no haya construido las obras señaladas en el inciso primero del artículo 129 bis 9, estarán afectos, en la proporción no utilizada de sus respectivos caudales, al pago de una patente anual a beneficio fiscal”.


Asimismo, el artículo 136 del Código de Aguas señala que, “Las resoluciones que se dicten por el Director General de Aguas, por funcionarios de su dependencia o por quienes obren en virtud de una delegación que el primero les haga en uso de las atribuciones conferidas por la ley, podrán ser objeto de un recurso de reconsideración que deberá ser deducido por los interesados, ante el Director General de Aguas, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la resolución respectiva”.


Adicionalmente, es necesario destacar que las causales de exención al pago de patente establecida en el Código de Aguas son de derecho estricto, y fueron definidas expresamente por el legislador en los artículos 129 bis 4, bis 5, bis 6 y bis 9.


Por otra parte, el artículo 22 de la Ley N° 19.880, de 29 de mayo de 2003, establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y dispone que: “Los interesados podrán actuar por medio de apoderados, (…) El poder deberá constar en escritura pública o documento privado suscrito ante notario (…)”, lo cual debe ser acreditado con documentos originales, autenticados y vigentes.


De este modo, el trámite de recurso de reconsideración por Pago de Patente por No Uso ya sea, Resolución o Sentencia Judicial, se debe realizar en la Dirección General de Aguas, a través de un abogado competente.


¿Cuáles son los principales motivos para realizar el Trámite del Recurso de Reconsideración?


  • Pronunciamiento de Tribunales

  • Cambio de titularidad del Derecho de Aprovechamiento de Agua

  • Renuncia de Derecho de Aprovechamiento de Agua

  • Duplicación del Derecho de Aprovechamiento de Agua en el listado Integrado

  • Verificación Obra de Captación

  • Concesión Sanitaria

  • Otro.



Fuente: Web DGA Y Oficina Virtual DGA



Para revisar la noticia y conocer otros trámites disponibles en la Oficina Virtual DGA pinche aquí.



Además, puede encontrar más información en:



Pregunta:


¿Usted sabe cómo debe realizar el trámite de Recurso de Reconsideración para las Patentes por No Uso?


Si necesita asesoría legal en esta gestión ¡Nosotros podemos ayudarle!

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