top of page

Región del Maule: Se estableció la Nueva Junta de Vigilancia del Río Mataquito

La Dirección General de Aguas (DGA) realizó la inscripción de la Junta de Vigilancia del Río Mataquito, en el Registro Público de Organizaciones de Usuarios con el objetivo de asegurar la correcta distribución y administración de las aguas del río para los beneficiarios, luego de que se cumplieran todos los procedimientos y requisitos legales para su formación.


Como es de conocimiento oficial, las juntas de vigilancia están formadas por asociaciones de Canalistas, comunidades de aguas (superficiales y subterráneas), además de titulares individuales de derechos de aguas superficiales, en cauces naturales como ríos o esteros. Su función principal es la de administrar y distribuir las aguas entre sus miembros conforme a derechos, así como también, conservar, mejorar, construir y explotar las obras de aprovechamiento común que correspondan.



Igualmente, a esta nueva Junta de Vigilancia le corresponde administrar las aguas que proceden del río Mataquito, ejerciendo jurisdicción en toda la cuenca y de los afluentes comprendidos en ella, desde su nacimiento en la conjunción de los ríos Lontué y Teno a los pies del cerro Macho en la comuna de Rauco hasta su desembocadura en el mar.


De este modo, según la información publicada por la Dirección General de Aguas (DGA), siguiendo lo indicado en el artículo 11 del Decreto Supremo N° 1.220 de 1997 del Ministerio de Obras Públicas, se considera bajo la administración de la Junta un caudal total referencial de 19.644,8 l/s. Al respecto, la Resolución de la DGA que ordena el registro de esta organización de usuarios señala que “no debe entenderse como un perfeccionamiento de los derechos de aprovechamiento de los y las integrantes de esta organización de usuarios, por lo tanto, aquellos titulares u organizaciones de usuarios que no hayan hecho este trámite aún deberán someterse al procedimiento que para estos efectos establece la ley”.


¿De qué se trata el “Registro público de Organizaciones de Usuarios de Aguas (OUA)”?


Estas organizaciones son entidades privadas, reguladas por el Código de Aguas y son responsables de la captación, conducción y distribución de las aguas a las que tienen derecho sus titulares.


A su vez, este registro contiene la información de organizaciones de usuarios, registradas y anotadas en la Dirección General de Aguas, de acuerdo con la legislación vigente. El tipo de entidades que se encuentran son Juntas de Vigilancias, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y Comunidades de Aguas Subterráneas.


El Departamento Organizaciones de Usuarios de la DGA-MOP se encarga de promover y apoyar la conformación de estas entidades. En este período se destaca el registro de la Junta de Vigilancia del río Biobío, además de los convenios con CNR e INDAP. Entre el 2018 y 2021 se han registrado 36 comunidades de aguas, 7 asociaciones de canalistas y 9 juntas de vigilancia, además de los convenios con otros organismos como la CNR e INDAP.

En la misma noticia, Nicolás Ureta Parraguez, jefe del Departamento de OU, comentó que “con la Dirección Regional de Aguas del Maule, realizamos una serie de gestiones ante el Segundo Juzgado de Letras de Curicó para rectificar la sentencia original, la cual presentaba una serie de inconsistencias relativas a los derechos de aprovechamiento de aguas de los usuarios y en los estatutos que impedían su inscripción en el Registro”.


Además, Ureta destacó que la personalidad jurídica de la Junta de Vigilancia del río Mataquito permite el desarrollo de una gestión sustentable de los recursos hídricos.


La personalidad jurídica entrega a las organizaciones de usuarios una serie de herramientas y beneficios para mejorar su gestión institucional y el manejo de recursos hídricos, entre las cuales se encuentran dar mayor transparencia a la administración, principalmente en aspectos contables y en cuanto al patrimonio; obtener a su nombre cuentas corrientes, sedes, vehículos y otros bienes necesarios para un correcto funcionamiento; contratar celadores, administradores, abogados o cualquier otro funcionario o asesoría; hacer respetar todos los acuerdos tomados en las juntas generales ya sean ordinarias o extraordinarias y todas las decisiones tomadas por el directorio de la organización; distribuir las aguas de acuerdo con los derechos de aprovechamiento de cada usuario e impide la extracción ilegal de agua; ser la primera instancia para solucionar conflictos entre usuarios o entre éstos y la comunidad, y permitir la obtención de recursos económicos para el mejoramiento de la gestión y de la infraestructura comunitaria, por ejemplo la implementación de sistemas de medición, vigilancia y control de extracciones.


Finalmente, es importante destacar que es posible realizar el registro de comunidades de aguas, de asociaciones de canalistas y de juntas de vigilancias, además de solicitudes de certificados de vigencias de organizaciones de usuarios, a través de la Oficina Virtual DGA.


Fuente: Web Dirección General de Aguas



Puede encontrar más Información en:




Pregunta:


¿Te pareció relevante esta información?, ¡Coméntanos!

bottom of page