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Código de Aguas

Congreso despacha ley que amplía plazo de inscripción a 2032

La Cámara aprobó extender el límite fijado originalmente para 2027. Qué significa el nuevo plazo, qué falta para que rija y por qué la patente por no uso no se detiene.

Agroin Chile30 de septiembre de 20263 min de lectura
Un mesón de atención en una oficina pública provincial con altas pilas de carpetas apiladas esperando revisión.

El 8 de septiembre de 2026, la Cámara aprobó en tercer trámite las modificaciones al proyecto de ley que amplía el plazo para regularizar e inscribir derechos de aprovechamiento de aguas. Según los detalles recogidos por Poder y Liderazgo y Diario El Heraldo, el límite general se moverá al 6 de abril de 2032, y hasta abril de 2033 para la agricultura familiar campesina.

El proyecto, que previamente sorteó su trámite en el Senado, queda despachado y a la espera de su promulgación y publicación en el Diario Oficial. Es decir, hasta que ese último paso no ocurra, legalmente hoy sigue rigiendo la Ley 21.727 y la fecha de corte obligatoria se mantiene en 2027.

El cuello de botella en la DGA y la solución colectiva

El texto despachado no solo suma cinco años; incorpora la opción de llevar adelante un procedimiento colectivo. Esto permite que asociaciones y comunidades de aguas impulsen la regularización e inscripción de forma conjunta para sus miembros, lo que podría ordenar y apurar las revisiones.

El atraso que motivó esta ampliación es aritmético. Según datos de la DGA, al 24 de marzo de 2026 había 28.645 expedientes pendientes de revisión. El universo de derechos por regularizar rondaba los 193 mil, mientras que los títulos ya inscritos apenas alcanzaban los 158 mil. Con esos números, el plazo de 2027 se veía muy difícil de cumplir.

La trampa de los cinco años extra

Tener plazo hasta 2032 para regularizar un título no congela el resto de las obligaciones sobre el agua. Muchos titulares asumen que la nueva ley detiene el reloj completo de la DGA, pero eso es un error que se paga en UTM cada mes de marzo.

La regularización es un trámite, y la patente por no uso es una obligación independiente. Si tu derecho no está siendo utilizado o no tiene sus obras certificadas formalmente, puedes aparecer igual en el listado anual de la DGA y enfrentar el cobro de la patente, que es un impuesto y no una multa.

Ese reloj no mira a 2032. Si caes en la nómina, los plazos que fija la Circular DGA N°9 siguen corriendo en tu contra. Muchos titulares creen que al quinto año el derecho se extingue de forma automática. No es así: la DGA abre un procedimiento, y ese procedimiento admite defensa. Sin embargo, tener que enfrentar ese escenario crítico corre por una vía paralela y no le importa si tienes hasta la próxima década para terminar tu papeleo en el Conservador.

Si tienes dudas sobre tu situación actual frente a este cobro, el primer paso sensato es ir a revisar tu derecho y confirmar si ya figuras en la nómina vigente.

El riesgo de presentar carpetas a medias

Saber que hay 28.645 expedientes en fila no debería relajarte, sino advertirte. Las carpetas que entran mal armadas simplemente se rechazan o quedan atrapadas en ciclos interminables de observaciones.

El costo de equivocarse al presentar tu expediente no es solo imprimir papeles de nuevo. Es mantener el derecho en un limbo, con su venta o arriendo trabados. En Agroin gestionamos una cartera de compra y venta de derechos de forma continua, y sabemos que un título sin regularizar simplemente no pasa ninguna auditoría legal seria. Su valor comercial se frena hasta que el trámite concluye.

Si vas a aprovechar el respiro que abrió el Congreso para poner tu papel al día, revisa tu situación de origen con nuestro equipo y asegura que tu trámite no termine sumando otro número a los expedientes estancados.

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