En la edición del Diario Oficial del miércoles 15 de marzo de 2023, la Dirección General de Aguas (DGA) publicó la Resolución (exenta) DGA N° 265, que modifica Resolución DGA (exenta) Nº 1.482, en que establece requisitos, procedimiento y forma de operación en materia de autorizaciones temporales de extracción de aguas en zonas declaradas de escasez hídrica.
La publicación señala como uno de los principales cambios respecto a la conformación de comunidades de aguas, que los usuarios de aguas subterráneas que pertenezcan a un Sector de Aprovechamiento Común (SHAC) declarado áreas de restricción o zona de prohibición, el solicitante deberá al menos haberse hecho parte en el proceso de conformación de la comunidad.
En relación al uso de un derecho de agua la resolución señala que sólo se pueden utilizar para los fines autorizados, salvo que se trate de un intercambio de agua que sea imprescindible para asegurar o facilitar el cumplimiento de la normativa, siempre y cuando que no produzca un perjuicio a terceros, y que idealmente exista un respaldo técnico que asegure que no existe un impacto negativo a la sustentabilidad del acuífero o de la fuente.
Otra modificación importante es que el servicio no podrá autorizar solicitudes deextracción de aguas en zonas con decreto de escasez hídrica en un mismo punto de captación y/o al mismo derecho de aprovechamiento de aguas, en más de una oportunidad consecutiva. Lo anterior será aplicable salvo que se trate de una empresa concesionaria de servicios sanitarios que cuente con informe favorable de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Si bien estas modificaciones se suman a una serie de resoluciones dictadas por el servicio en un plazo menor de un año, en pro del buen funcionamiento y el uso del recurso, ésta última busca resguardar a las empresas de servicios sanitarios para el abastecimiento de la población, el uso doméstico y de subsistencia.
Fuente: Agroinchile y DO
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